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Tu Abogado en Alicante.
Abogado con más de 7 años de experiencia. A lo largo de este tiempo, más de 200 personas han confiado en mi encomendándome sus procedimientos/asuntos.

Derecho Penal

Asistencia a Detenidos, Defensa/Acusación Particular ante cualquier Delito y Derecho Penitenciario.

Derecho Civil

Elaboración y Revisión de Contratos, Reclamación de Deudas, Derecho de Familia, Reclamación de daños y perjuicios, Desahucios, Herencias y Sucesiones….

Subasta Judicial

Adquiera a un precio inferior al valor de mercado: Viviendas, Garajes, Solares, Maquinaria Industrial, Mobiliario, Turismos, Vehículos Industriales y Agrícolas.

Derecho Mercantil

Asistencia a Detenidos, Defensa/Acusación Particular ante cualquier Delito y Derecho Penitenciario.

Tráfico

Asistencia a Detenidos, Defensa/Acusación Particular ante cualquier Delito y Derecho Penitenciario.
Esto es lo que se habla de nosotros.

Laura Collado García

★★★★★

Mi familia contrató a Sergio Corral para un procedimiento de incapacitación de un familiar. Al parecer, se modificaron las leyes y ahora es mucho más complicado, aun así se consiguió la incapacitación.

Daniel Meseguer Carceller

★★★★★

Sergio es un profesional muy dedicado y atento. Nos ofreció sus servicios en una disputa legal por el arrendamiento de un piso. Pese no haber llegado a juicio, demostró ser resolutivo y eficaz a la hora de defender nuestra parte. Finalmente, el asunto se resolvió mediante un acuerdo extrajudicial favorable a nuestros intereses. Le estamos muy agradecidos. Recomendable.

Brais Llorente

★★★★★

Contrate sus servicios hace años cuando sufri un accidente de tráfico. No se si la Aseguradora por ser joven o por que me vio cara de tonto y me ofreció una indemnización por el accidente 5 veces menos a la que me reconoció el juez mediante la intervención de Sergio. La Aseguradora me puso todos los problemas del mundo respecto a los dias de curación, rehabilitación, 1 punto de secuela etc. Además, finalizado el procedimiento se reclamo a mi seguro parte de los honorarios por el juicio y me pagaron la mitad de lo que me costo. Excelente servicio, aunque espero que no me vuelva a hacer falta ningun abogado salvo que me toque la lotería o una buena herencia.

Abogado de confianza en Alicante, me debo a mis clientes y ahora ti también.

INDEMNIZACION POR LATIGAZO CERVICAL

INDEMNIZACION POR LATIGAZO CERVICAL

La problemática del conocido como latigazo cervical se ha acrecentado desde que se aprobará la Ley 35/2015 que entró en vigor el 1 de enero de 2016. Actualmente, se regula en el artículo 135 de la Ley 35/2015 bajo la rúbrica de Indemnización por traumatismos menores...

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FAQ – Preguntas Frequentes
¿Quién es el Procurador y cuál es su coste?
El Procurador es el profesional al cual el cliente debe conferir su representación en la práctica totalidad de los procedimientos civiles en los que actúe, salvo en aquellos cuya cuantía reclamada sea inferior a 2.000 €uros, y en todos los procedimientos penales en los cuales se acuerde señalar juicio (apertura de juicio oral) salvo los juicios por delitos leves (antes juicios de faltas). Su función es servir de enlace entre la Administración de Justicia y las partes/los letrados en un procedimiento judicial, realizando distintas actuaciones en nombre del cliente como es la presentación de escritos elaborados por el letrado, la recepción y notificación de resoluciones judiciales o la personación en distintos actos o tramites del procedimiento judicial. Su contratación resulta obligatoria por ley. Su coste en procedimientos civiles y administrativos varía en función de la cantidad reclamada y otras variables como el número de hijos en un divorcio, el caudal hereditario en una herencia o el número de demandados. En términos generales en procedimiento civiles su coste oscila entre 150-400 €uros si bien puede varias ante reclamaciones de cuantía elevada. En procedimientos penales su coste en términos generales asciende a 150-250 €uros en función de la indemnización reclamada y la gravedad de la pena a imponer. En el caso de una eventual condena en costas a la parte contraria su coste total o parcialmente es asumido por el contrario siendo reintegrados los honorarios recibidos al cliente de forma total o parcial en función de lo establecido por el juez.
¿Qué es la condena en costas y como funciona?
La condena en costas es el pronunciamiento judicial por el cual se ordena a una de las partes, generalmente aquella a la que se le niega la razón, a indemnizar a la parte contraria con el coste que le ha supuesto la reclamación judicial. Esto incluye honorarios de abogado, procurador y en su caso perito.

La imposición de condena en costas es frecuente en los procesos civiles en los que se reclama cantidades adeudadas y no lo es en procesos de familia (divorcios o medidas respecto a los hijos), herencias o incapacidades.

La imposición de condena en costas es simbólica en procesos contenciosos-administrativos siendo frecuente condenar en costas a la Administración pero limitando su importe a una cantidad fija de 300 o 600 €uros.

La imposición de condena en costas en procesos penales es poco frecuente y se limita a procedimientos de violencia de género, delitos empresariales, injurias o amenazas en los que se ejerza la acusación particular. Al acusado cuando se le declara inocente no se le reintegran los gastos judiciales en los que haya incurrido limitándose la posible condena en costas penal a aquellos casos en los que la víctima ejerce la acusación particular.

IMPORTANTE: El cliente beneficiado por una condena en costas a la parte contraria puede ver frustrado su derecho a que se le reintegren los gastos judiciales en los que ha incurrido en el caso de que la parte contraria sea beneficiaria del derecho a la justicia gratuita motivo que impide el embargo de las costas judiciales al encontrarse el beneficiario de este derecho exento del pago de la condena en costas.

¿Qué es la tasa judicial y quien debe pagarla?
La tasa judicial es el pago que se requiere a determinados clientes por acceder al servicio de Administración de Justicia en España. Actualmente los obligados al pago de tasa judicial son las empresas de cualquier tipo, se encuentran exentos del pago de la tasa tanto los particulares como los profesionales autónomos.

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